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Agosto, ¿un mes hábil para procesos?  por Esther Aguado


Quizás, la noticia que fuese portada de múltiples diarios de que el nuevo Ministro de Justicia quiere hacer de Agosto un mes hábil para los tribunales, esté ya un poco manida. Sin embargo, continúa copando muchas de las conversaciones diarias no sólo de juristas y personas relacionadas con el mundo jurídico, sino que también acapara las conversaciones de los ciudadanos de a pie.
Las opiniones las hay de todos los tipos y es que como se suele decir, para gustos los colores, ¿no? La noticia sigue generando y dejando tras su publicación tanto defensores como detractores de la posible futura medida.


Por nuestra parte, siendo breves y tratando de dejar al margen cuestiones políticas y nuestra opinión, trataremos de exponer de la manera más objetiva posible si realmente el hecho de que se habilitase el mes de agosto en justicia, conllevaría una agilización de  la administración de justicia.
Si bien es cierto que aparentemente puede parecer a primera vista una medida que ayudaría a obtener un mejor funcionamiento de nuestra Justicia, también es cierto que hay que tener en cuenta a la hora de hacer efectiva esa medida toda una concienciación social, es decir, y con ello me refiero, a que la sociedad española en su mayoría concibe el mes de agosto como un mes de vacaciones.
Por lo tanto, el hecho de que se habilite el mes de agosto por sí solo, si luego realmente no hay señalamientos o se trabaja de una forma no completamente eficiente, estaremos perdiendo el tiempo. Porque el hecho de que se tuviese que trabajar en el mes de agosto no garantizaría de ningún modo que se trabajase al 100% y por tanto, estaríamos obteniendo el mismo resultado que sin adopción de medida alguna, sin tener en cuenta que probablemente los juzgados quedarían con el mínimo personal en sus puestos de trabajo.
Es más, prueba de ello, lo tenemos ya a día de hoy en la jurisdicción penal, en la que el mes de agosto es hábil y a pesar de ello, son escasos los señalamientos y los asuntos que salen adelante en esas fechas.
Cierto es y, no podemos dejarlo pasar por alto que nuestra justicia necesita que se adopten medidas que permitan obtener una mejor administración de la misma. De hecho, muchas han sido las medidas hasta ahora adoptadas, siendo la última la Ley de Medidas de Agilización Procesal. No obstante, es evidente que muchas de esas medidas, no han sido más que parches y que hasta ahora no hemos dado con la piedra filosofal, capaz de resolver el problema del atasco de nuestros tribunales pero de lo expuesto, es necesario deducir, que si bien se hace patente que es necesaria la adopción de medidas que ayuden a llevar a cabo una auténtica agilización procesal, no menos cierto es que las medidas que se adopten deben ser eficaces y por ello valorarse antes de llevarlas a cabo.
Por lo tanto y dicho esto, nos parece que todo lo que vaya en beneficio de una mejora, ¡Adelante! y si realmente esta medida lo fuese en un futuro, por aplicarse debidamente, bienvenida será por todos los ciudadanos.